Fideicomiso Offshore en Panamá

Fideicomiso es un acto legal por virtud de que una persona llamada Colono transfiere tìtulo a propiedad real o personal a una persona llamada el Fideicomisario o Fiduciario para su administraciòn o eliminaciòn a favor de un Beneficiario, quien tambièn puede ser el Colono.

 

Un Fideicomiso puede ser constituido con activos de cualquier naturaleza, presente o futuro. Los activos pueden ser adicionados a un Fideicomiso por el Colono o por una tercera persona, despuès de crear el Fideicomiso, sujeto a la aceptaciòn del Fideicomisario. Un Fideicomiso puede ser constituido para cualquier propòsito que no vaya en contra de la moral, las leyes u òrden pùblico.

El Contrato de Fideicomiso incluirà:

Suficiente designaciòn de Fideicomisario sustituto o Beneficiarios, de ser necesario.

La descripciòn de los activos o patrimonio o acciòn del Fideicomiso constituido.

La declaraciòn expresa de querer constituir un Fideicomiso.

Las facultades y obligaciones del Fideicomisario.

Las prohibiciones y limitaciones impuestas al Fideicomisario ejerciendo en el Fideicomiso.

Los reglamentos de acumulaciòn, distribuciones o disposiciòn de los activos, ingresos y ganancias de los activos del Fideicomiso.

El lugar donde el Fideicomiso es constituido y la fecha de Constituciòn.

La designaciòn de un Agente Residente en la Repùblica de Panamà quien serà un Abogado practicante o firma de abogados, quien autenticarà el Contrato de Fideicomiso.

El domicilio del Fideicomiso en la Repùblica de Panamà.

La declaraciòn expresa que el Fideicomiso es constituido de acuerdo a las leyes de la Repùblica de Panamà.

 

Los activos de un Fideicomiso constituiràn un patrimonio aparte de los activos personales del Fideicomisario para efectos legales, y no estaràn sujetos a anexos o embargo, excepto por responsabilidades incurridas o daños causados por la ejecuciòn del Fideicomiso o por terceras personas cuando dichos activos han sido transferidos por fraude de manera perjudicial a sus derechos.

Personas naturales y jurìdicas pueden actuar como Fideicomisarios.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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